martes, 15 de diciembre de 2015

SANCIONES A ABOGADOS

SEGUN EL ART N°53 DEL CODIGO DE ETICA , LOS ABOGADOS QUE INCURRAN EN ACTOS ANTI ETICOS SERAN SANCIONADOS DEPENDIENDO SU GRAVEDAD.



1.- AMONESTACIÓN ESCRITA la cual quedara registrada en los archivos por un periodo de tres (03) meses.

2.- AMONESTACIÓN CON MULTA la que quedara registrada en los archivos por un periodo de seis (06) meses, la multa no deberá exceder de diez (10) unidades de referencia procesal.

3.- SUSPENCION HASTA POR DOS (02) AÑOS.

4.- SUSPENCION HASTA POR CINCO (05) AÑOS.

5.- EXPULSION

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